Directrices Éticas Apuestas

Por favor, dirija cualquier pregunta a ethics easc-online. La ética, en su sentido más amplio, es el orden que se ocupa de la acción humana, abarcando tanto la intención moral como la voluntad humana. La ética presupone la capacidad de elección para actuar.

Incluye la capacidad de elegir en relación con el propio criterio ética subjetiva y la capacidad de elegir con la inclusión de la perspectiva del otro ética intersubjetiva. Por lo tanto, las directrices éticas deben dejar claro qué defienden las personas que se comprometen con ellas.

La profesión del coach, del supervisor y de la supervisorase basa en la confianza que la clientela deposita en ellos y ellas. Para estar a la altura de esta confianza, la membresía de la EASC se ha comprometido a reconocer las siguientes directrices como base de su trabajo y a seguirlas según su leal saber y entender:.

Dado que la diversidad de situaciones y tareas en las que trabajan coaches, supervisoras y supervisores no permite establecer pautas de actuación, nuestros miembros se han comprometido a dar vida a estas directrices éticas.

En las formaciones certificadas por la EASC, estos valores y actitudes se enseñan como base de nuestro trabajo. Nuestro sitio web requiere cookies.

Las condiciones del juego que favorecen la aparición de conductas disfuncionales que pueden conducir a la aparición de un trastorno de juego online son de dos tipos: estructurales y ambientales.

Algunas de las condiciones estructurales que favorecen la adicción a este tipo de juego son Griffiths, la inmediatez del resultado de la apuesta, la accesibilidad con la que es posible jugar desde cualquier dispositivo electrónico con acceso a la red, la comodidad con la que se puede apostar o incluso la intimidad con la que es posible llevarla a cabo.

En lo que se refiere a las condiciones ambientales, están directamente relacionadas con la normativa de cada país y harían referencia a variables como la oferta de los juegos, la disponibilidad cantidad de webs o locales dónde jugar online , la promoción o publicidad del juego, entre otros.

En este sentido, se trata de variables que están relacionadas con el estatus legal del juego online. Sin embargo, podrían no depender exclusivamente de ello, puesto que se puede jugar a través de Internet en páginas webs localizadas en países generalmente paraísos fiscales , a pesar de que no haya una regulación en el estado desde donde apuesta el jugador.

En Latinoamérica nos encontramos en una situación de lo más diversa respecto al juego online. Hay países en los que el juego está totalmente prohibido y no existe el juego tradicional ni online, como es el caso de Cuba.

Así también, están los países en los que, a pesar de estar prohibido el juego, este se encuentra presente y operativo a través de webs internacionales, como es el caso de Ecuador.

Otros países tienen autorizado el juego tradicional y expresamente prohibido el juego online, como en Uruguay; mientras que otros no lo tienen regulado, pero tampoco expresamente prohibido, como Paraguay o Perú; o lo tienen parcialmente en algunas partes de su territorio, como ocurre en Argentina.

Finalmente, están los países que lo tienen totalmente autorizado, como es el caso de México o Colombia. La autorización legal suele estar directamente relacionada con la promoción de esta actividad y con la generalización del juego online como una actividad cotidiana, especialmente, por parte de población juvenil y adolescente, que es el «nicho de mercado» al que se suelen dirigir las estrategias de promoción y marketing.

Sin embargo, es posible jugar online en un país que no lo tenga autorizado, en unas condiciones muy parecidas a las que se pueden llevar a cabo en donde este sea legal: a través de páginas web localizadas en otros países del mundo.

Esto tiene como consecuencia que el trastorno de juego online pueda aparecer en una sociedad donde, inclusive, este no esté legalizado.

La legalización del juego online tiene como consecuencia la promoción y generalización de esta actividad y con ello, el incremento de trastornos de juego online, especialmente, en la población más joven.

En lo que se refiere al juego online, las empresas llevan operando y publicitándose desde principios de , si bien solo es legal desde la concesión de las licencias en julio de Desde entonces, la oferta de juegos en España, el gasto de los españoles en esta actividad y los indicadores de prevalencia de adicción al juego online han crecido exponencialmente.

Al punto de que se está convirtiendo en un problema de salud pública y haciendo necesaria una intervención desde todos los ámbitos de la sociedad, pero especialmente desde los poderes públicos Chóliz, Afortunadamente, la ciencia psicológica conoce desde hace tiempo principios y leyes relevantes que gobiernan el comportamiento, así como el papel de los procesos psicológicos implicados, lo cual facilita no solamente el conocimiento de nuevas realidades, sino también la aplicación de las necesarias técnicas y procedimientos de intervención para la modificación de conductas que pueden llegar a ser disfuncionales, desadaptativas o, directamente, patológicas, como es el caso de la adicción al juego online.

Se exponen las principales características del caso, así como las fases en las que se dividió el tratamiento de la adicción al juego online en el que se produjeron cambios que no solamente afectaron a la reducción de la conducta problemática, sino al propio proceso de dependencia y al funcionamiento personal y social del paciente.

Dichos cambios se mantienen un año después de la finalización de la intervención. Alberto nombre ficticio es un español de 23 años de edad, soltero y sin hijos.

Actualmente, mantiene una relación a distancia con una joven de Barcelona con la que convivía antes de trasladarse a casa de sus padres en Valencia. Su nivel formativo es alto, de profesión árbitro, habiendo terminado el ciclo superior de técnico en Educación Física. A su llegada a la consulta estaba en situación de desempleo, pero al finalizar el tratamiento ya se encontraba trabajando en actividades relacionadas con su formación.

Hasta volver de Barcelona a Valencia trabajó como dependiente en una cadena de supermercados. El paciente regresa a casa de sus padres para iniciar un tratamiento por su problema con las apuestas de tenis y recibir contención familiar, siendo su novia la que llama a la madre de Alberto para explicarle la situación.

Respecto al motivo de consulta, es él mismo quien contacta con la Unidad de Investigación de Juego y Adicciones Tecnológicas tras haber conocido el recurso de tratamiento que se estaba llevando a cabo.

Aunque viene voluntariamente, refiere que lo hace «por insistencia de su novia y su madre». En la primera sesión acude con la madre y cuando se le pide que describa su problema, Alberto presenta taquilalia: refiere que tiene un problema con las apuestas deportivas en el tiempo que ha estado viviendo solo en Barcelona y reconoce que «trabajaba gratis porque lo gastaba todo, y más, en apostar».

Describe una evolución del problema de juego con falta de conciencia de ser una enfermedad hasta que la deuda ascendió a euros, momento en el que se da cuenta que ha perdido el control.

Decide no contarlo y logra resolver la mitad de la deuda por sí mismo; sin embargo, no consigue parar y continúa apostando. Actualmente las deudas pendientes ascienden a euros que corresponden a préstamos adquiridos en entidades bancarias con el fin de seguir jugando y recuperar lo perdido.

Su gasto en juego diario era aproximadamente de unos euros diarios. Alberto, actualmente, es consciente de su problema, presenta motivación para el cambio y se encuentra en la fase de acción del modelo transteórico del cambio en adicciones Prochaska et al.

Ya ha comenzado con pequeñas pautas de control de estímulos acordadas con la madre y supervisadas por esta que es quien le proporciona el apoyo y la supervisión necesaria.

Puesto que el paciente ya ha comenzado a realizar pequeños cambios y presenta criterios de intención y conducta combinados, se refuerzan los pequeños cambios que ha dado y se inicia el tratamiento psicológico de la adicción al juego online.

Esto sin dejar de evaluar en todo el proceso del tratamiento cómo es su disposición al cambio para, en el caso que haya detección de recaída motivacional, evitar la recaída conductual y modificar el plan establecido para mantener la abstinencia y conseguir los objetivos marcados.

En la primera sesión, Alberto firmó el consentimiento informado y se le explicó el compromiso de la terapeuta en base al código deontológico, asegurando en todo momento la confidencialidad de la información y el secreto profesional. En las entrevistas iniciales se determinó que el paciente no había sufrido ninguna pérdida importante u estresor reciente que pudiera haber agravado el problema con las apuestas.

No presentó consumo de drogas y nunca antes había estado en tratamiento psicológico ni psiquiátrico, siendo esta situación la primera vez que realiza una consulta a un profesional de la salud mental.

En lo que se refiere a los intentos por sí mismo de abandonar el juego han sido tres, pero sin éxito, llegando a permanecer un tiempo máximo de apenas tres meses sin jugar.

No existen antecedentes familiares por problemas con el juego. Respecto al apoyo social, cuenta con la ayuda de sus padres y con algún amigo en quien puede confiar en los momentos más difíciles. En relación a la violencia de género, afirma no haber sufrido malos tratos físicos o psicológicos y tampoco haberlos infringido él mismo.

El tratamiento se ofreció como recurso terapéutico por parte de la Universidad de Valencia, desde la Unidad de Investigación «Juego y adicciones tecnológicas». El paciente fue derivado desde los servicios sociosanitarios por su problema con las apuestas deportivas de tenis.

La intervención terapéutica siguió las fases indicadas en el protocolo de tratamiento desarrollado por Chóliz y Marcos , que consta de las siguientes etapas:.

Evaluación y diagnóstico. Además de la entrevista clínica, el análisis funcional de la conducta y el estudio del patrón de juego se le administraron los siguientes instrumentos:. Se trata de un cuestionario que consta de 17 ítems y procede de una entrevista semiestructurada para el diagnóstico de trastorno de juego basado en los criterios del DSM-IV-TR American Psychiatric Association, El rango de las puntuaciones oscila entre 0 y 9.

La corrección del NODS se adaptó al actual DSM-5 eliminando el criterio correspondiente a la obtención de dinero de forma ilegal para poder seguir jugando para el diagnóstico de trastorno de juego. Se utilizó la versión española de Robles, Andreu y Peña Se trata de una escala que evalúa nueve síntomas clínicos y tres indicadores de malestar.

Las dimensiones sin tomatológicas primarias son somatización, obsesividadcompulsividad, sensibilidad interpersonal, depresión, ansiedad, hostilidad, ansiedad fóbica, ideación paranoide y psicoticismo. Los tres índices globales que proporcionan una medida de distrés son los siguientes: Índice de Sintomatología General GSI, General Symptom Index , Índice de Alteración de Síntomas Positivos PSDI, Positive Symptom Distress Index y el Total de Síntomas Positivos PST, Positive Symptom Total.

Esta última solo se utilizaría en aquel paciente que no presentara conciencia de enfermedad o se encontrara en estadios previos a la preparación para poder iniciar el plan de tratamiento establecido con un mínimo de garantías. En las consultas iniciales se ofreció contención y se favoreció el establecimiento del vínculo terapéutico dentro un clima de empatía y cordialidad exento de juicios para asegurar la confianza que nos asegurara poder conocerlo y su adherencia al tratamiento.

Al mismo tiempo, se suministró información acerca del proceso adictivo y la adicción, favorecida por las características estructurales de los juegos inmediatez, atractivo, programa de reforzamiento de razón variable, etc. Todos estos factores hacen que el jugador juegue cada vez más, lo cual es un peligro.

Esto es debido a que el cociente de apuestas está diseñado mediante algoritmos que hacen que la esperanza matemática siempre sea positiva para la empresa que organiza el juego y, por lo tanto, negativa para el jugador.

Es decir, que a la larga el jugador pierde más de lo que apuesta. El objetivo fue favorecer el cambio de actitudes hacia el juego, basándonos en los principios del juego ético Chóliz, , que postulan que el juego es una actividad potencialmente adictiva que, a pesar de ello, está muy promocionada en nuestra sociedad actual, puesto que es muy rentable para algunas empresas.

Tan es así que la adicción hace que los jugadores apuesten cada vez más y con más frecuencia, agravando el problema que no solo es económico, sino, principalmente, de salud. También se realizó el encuadre y la firma del contrato terapéutico que recogió el compromiso de Alberto, previamente acordado y consensuado sobre las pautas a seguir para llevar a cabo la intervención ver Figura 1.

Figura 1 Contrato terapéutico. Se indicaron, específicamente, las tareas que se le requerían: a cumplimentación del registro de deseo de la conducta de juego puesto que el paciente llegó con control de estímulos y ya no se encontraba jugando ; b establecimiento de balance decisional como técnica para mantener la motivación al cambio y la conducta de abstinencia y c puesta en marcha del diario de actividades realizado en consulta a modo de terapia de activación para asegurar que ocupara el tiempo libre que le quedaría sin el juego, dada su falta de introspección a la hora de decidir qué actividades le gustaban hacer antes de comenzar a apostar para la organización del tiempo libre sin juego ver Figura 2.

Figura 2 Autorregistro para análisis funcional. Del autorregistro del deseo de juego ver Figura 3 se observó que los principales desencadenantes fueron los estímulos relacionados con el tenis.

Tenía el convencimiento de que era capaz de analizar todo y que sabía de tenis lo suficiente como para ganar dinero con las apuestas. Estaba obsesionado por analizar todas las variables y después apostar a ganar o perder a toda la parrilla de jugadores del torneo.

Nunca cerraba las apuestas antes de terminar los partidos porque confiaba plenamente en su experticia. Esta creencia era una fuente de refuerzo positivo que, al ponerse a analizar desde su celular, le hacía sentir eufórico y alegre con pensamientos firmes sobre sí mismo de ser bueno analizando y de tener un gran conocimiento en tenis.

Sin embargo, la consecuencia más importante que contribuía a mantener el problema era el alivio de estar solo y sin hacer nada, lo cual le provocaba una gran angustia emocional. De esta manera, el problema se mantenía por refuerzo negativo, que aliviaba una y otra vez a corto plazo con el análisis pormenorizado y la consiguiente apuesta, un hecho que perpetuaba a largo plazo la conducta de juego patológico.

Figura 3 Autorregistro del deseo de jugar. Abstinencia y superación del malestar. Los principales objetivos de esta fase fueron los siguientes: a el mantenimiento de la abstinencia, b la superación del malestar provocado por la privación del juego y c el fomento de conductas alternativas que sustituyeran a las apuestas.

Para el mantenimiento de la abstinencia se procedió a reforzar y alentar la continuación de la abstinencia del juego mediante las técnicas de control de estímulo que se diseñaron según el análisis funcional retrospectivo de la conducta. Las medidas acordadas consistieron en transferir el control del dinero a la madre tarjetas bancarias, transferencias, etc.

En esta fase se decidió adelantar la prevención de recaídas informando al paciente de aquellas situaciones de riesgo conocidas dentro de los hallazgos de la investigación científica para evitar la recaída mediante la información veraz y aprovechando la alianza terapéutica.

Para la superación del malestar se entrenó en relajación muscular progresiva tipo Jacobson RMP y técnicas de respiración. La duración de los ejercicios se fue reduciendo y adaptando a las situaciones que le provocaban malestar en contextos naturales.

Por último, se organizaron actividades diarias de ocio y tiempo libre a lo largo de la semana en base a sus preferencias y recursos. La finalidad fue establecer un repertorio de conductas alternativas e incompatibles con el juego que, inicialmente, ayudaran a mantener la abstinencia, pero que fueran la base para promover un posterior estilo de vida alternativo en consonancia con sus principios y su ideal proyecto de vida como meta a alcanzar.

La duración de esta fase fue de 3 sesiones. Descondicionamiento y promoción de un nuevo estilo de vida. Los objetivos que se persiguieron en esta fase fueron los siguientes: a descondicionamiento de los antecedentes estímulos condicionados asociados al juego y las contingencias del mismo; b disminución del interés y el agrado que provocan las apuestas; c adquisición de un estilo de vida saludable alternativo a las apuestas y d aprendizaje para resistir el impulso de jugar e incluso el entrenamiento en parar una vez que se hubiera iniciado el juego con el objetivo de que no se llegara a apostar aunque se encontrara en una situación de juego.

Al procedimiento desarrollado por Echeburúa et al. Ello para conseguir no solamente el descondicionamiento de las respuestas condicionadas compensatorias, sino también de la adquisición de las estrategias de afrontamiento eficaces que le fueran de utilidad en las situaciones de riesgo en las que pudiera encontrarse en un futuro utilización del móvil, webs de apuestas, anuncios publicitarios, etc.

Se establecieron tres niveles de dificultad. Finalmente, el paciente consiguió navegar por webs de juego sin apostar ni sentir las ganas de hacerlo Figura 4.

Figura 4 Autorregistro para las sesiones de exposición. Prevención de recaídas y consolidación de nuevo estilo de vida. Los objetivos fueron los siguientes: a aprender a identificar posteriores situaciones de riesgo que pudieran inducir una conducta de juego y b aprender a reaccionar apropiadamente ante las mismas.

El entrenamiento se llevó a cabo tanto en sesiones individuales tres sesiones , como en grupo dos sesiones. En las sesiones individuales se analizaron las dificultades que tuvo antes de iniciar el tratamiento que le condujeron a recaer, así como las acciones que debería haber llevado a cabo en su momento para que no se hubieran producido las recaídas; se trató de un análisis retrospectivo de sus recaídas anteriores.

Así también se realizó el análisis de eventuales situaciones que serían posibles que le ocurrieran en el futuro: se le enseñó a detectarlas y se le entrenó en estrategias para reaccionar en dichos casos. En las sesiones grupales se utilizaron técnicas de discusión aprovechando las recaídas ocurridas en otros pacientes en tratamiento por adicción al juego online por considerarse que podrían resultar en un aprendizaje en beneficio del grupo.

Además, se propusieron al paciente las siguientes tareas para casa: registro de recaídas anteriores y análisis de metas y valores. Con ello, se pretendió que, una vez recordadas sus potencialidades y fortalezas, pudiera poner en orden sus valores y estableciera objetivos a medio y largo plazo en consonancia con sus principios de vida que otorgarían interés y autodeterminación hacia la dirección marcada.

De forma transversal, y a lo largo de todas y cada una de las fases descritas, se proporcionó información veraz sobre cómo está diseñado el juego de azar, la publicidad y las estrategias de marketing del sector que hacen que el jugador entre en el ciclo de la adicción: depositar efectivo - apostar - depositar efectivo.

También se considera publicidad engañosa la que le atribuye a un producto o servicio, características, cualidades o propiedades que éste no posee, y la que promete beneficios, características, condiciones, resultados, o efectos que no se pueden cumplir.

El incumplimiento total o parcial de promociones, ofertas, premios y otros beneficios factibles de ser entregados constituye un engaño comercial, distinto al engaño publicitario. Dichas propiedades se presumirán inexistentes o inexactas si las pruebas exigidas no estuvieran inmediatamente disponibles o fueran insuficientes cuando la comunicación fuera reclamada.

Los mensajes publicitarios no deben contener ninguna declaración o presentación que directamente o por implicación, omisión, ambigüedad o pretensión exagerada, pueda llevar a conclusiones erróneas, abuse de la confianza del consumidor o explote su falta de experiencia o de conocimiento, en especial con relación a: A.

Características del producto o servicio que puedan influir en la elección del público, tales como: naturaleza, composición, método y fecha de fabricación o entrega, fecha de caducidad, especificaciones, eficiencia y desempeño, idoneidad para los fines que pretende cubrir, cumplimiento de normas, amplitud de uso, cantidad, disponibilidad, beneficios, origen comercial o geográfico e impacto ambiental.

El valor del producto o servicio, el precio total que efectivamente deberá pagarse o la existencia de una ventaja específica con respecto al precio. Otras condiciones de compra tales como arriendo, compra y venta al crédito, intereses y formas de pago.

Los términos de entrega, cambio, devolución, reparación y mantenimiento. Las condiciones de la garantía. Los derechos de propiedad intelectual o de propiedad industrial, tales como derechos de autor, derechos conexos, patentes de invención, diseños industriales y modelos de utilidad, marcas comerciales y nombres de dominio, entre otros.

El reconocimiento oficial o aprobación, la obtención de premios, diplomas y otras distinciones, así como los certificados o sellos de calidad. El alcance de los beneficios para causas sociales.

En los mensajes que omitan información completa para sus destinatarios se tendrán en cuenta las características y circunstancias de esos mensajes, las limitaciones propias de los medios de comunicación utilizados, y las medidas adoptadas por el avisador para entregar la información relevante a través de otros medios.

La comunicación de servicios y productos, nacionales o extranjeros, debe efectuarse en idioma español y en términos comprensibles. Los valores deben estar expresados en moneda nacional. En la medida que se cumpla con lo dispuesto precedentemente, el mensaje podrá informar adicionalmente los valores en una moneda extranjera, unidad reajustable o de forma desglosada.

Si el producto anunciado requiere ser ensamblado o necesita complementos, accesorios o elementos adicionales no incluidos que deben ser comprados por separado, o si el producto es parte de una serie o colección, esta condición debe comunicarse claramente.

La publicidad no debe sugerir que un determinado producto o servicio posee características exclusivas cuando éstas sean comunes a su categoría, o a los productos o servicios similares. Pretensión exagerada: Se entiende por pretensión exagerada toda declaración, representación, testimonio, o cualquier otra forma de expresión que, teniendo un origen verdadero, extienda las características, desempeño, rendimiento, beneficios o resultados de un producto o servicio, más allá de lo que éste realmente puede ofrecer, lo cual no es admisible.

Particular atención debe ponerse a la alteración de imágenes para mejorar artificialmente aspectos como las características de un producto, su apariencia, sus resultados y la representación de personas.

La exageración es un recurso publicitario que expresa de manera subjetiva hechos o antecedentes que, por ser extremados o metafóricos, no deberían ser tomados literalmente por una persona razonable.

La exageración, en ningún caso debe distorsionar las cualidades o beneficios de un producto o servicio hasta configurar una pretensión exagerada respecto de sus bondades, con el consiguiente perjuicio o engaño al consumidor y no es un recurso válido en la publicidad comparativa.

La hipérbole evidente, identificable como tal, no se considera engañosa. La dramatización es una forma de exageración aceptada para destacar un hecho que a simple vista resulta difícil de notar, o cuando sea tan extrema que para el público resulte evidentemente una fantasía y no pueda ser tomada literalmente como verdadera.

La dramatización debe ser utilizada cuidadosamente para no incurrir en error, engaño o pretensión exagerada, y no debe ser usada en la publicidad comparativa. Absolutos publicitarios. Se entiende por absolutos publicitarios las afirmaciones que tienen un tono excluyente, o bien denotan una superioridad absoluta respecto de sus competidores.

Las afirmaciones acotadas a aspectos objetivos de carácter absoluto, de tono excluyente o que denotan superioridad entre un producto en relación con otros de la competencia, sólo son aceptables si son veraces y comprobables. Los absolutos no acotados, usados frecuentemente como licencia publicitaria, son aquellos de carácter subjetivo que, por sus características, no pueden ser medidos ni cuantificados y como tales no requieren ser demostrados.

La publicidad puede hacer uso de citas aclaratorias, o de aquellas contenidas en asteriscos u otros símbolos equivalentes, para entregar información adicional sobre una palabra o concepto, pero no para alterar, contradecir o modificar substancialmente el mensaje principal o el llamado de un aviso.

Las citas aclaratorias que se refieren a modificaciones, restricciones, negaciones parciales, atenuaciones, mitigaciones y otras aclaraciones, características o circunstancias que modifiquen de manera sustancial el mensaje principal de un aviso, no pueden tomar la forma de letra chica y deben ser exhibidas o expresadas de manera clara, comprensible y destacada.

Los textos en letra chica, sólo pueden ser usados para entregar información adicional sobre una palabra o concepto, o para informar sobre materias que por su extensión o importancia relativa no merecen destacarse con igual énfasis que los llamados y textos principales.

Aún así, los textos en letra chica deben tener un tamaño y una disposición tales que permitan su fácil lectura y comprensión. Los principios anteriores, con las debidas adaptaciones, aplican a cualquier forma de publicidad, independiente del medio, soporte o formato que se utilice.

ARTÍCULO 10º INFORMACIÓN DIFERIDA. No puede defenderse una comunicación que conduzca a conclusiones erróneas, en base a que el avisador o alguien actuando en su representación, entregue posteriormente al público la información correcta y completa.

Ésta debe ser también oportuna. En la publicidad y las comunicaciones de marketing, las descripciones, aseveraciones o representaciones que se relacionen con hechos o datos objetivos, o que atribuyan a los productos o servicios características o cualidades objetivas, deberán estar sustentadas con hechos, datos o pruebas suficientes e idóneas.

Corresponde al avisador la carga de probar la veracidad de las afirmaciones y aseveraciones objetivas incluidas en la publicidad. Los antecedentes que se presenten como parte de un reclamo para acreditar la validez y la veracidad de una declaración publicitaria, deben estar disponibles para ser entregados sin demora cuando así se requieran.

Por regla general, estos instrumentos probatorios serán públicos a menos que quien los acompañe solicite, con motivos fundados, que sean tratados de manera confidencial. En estos casos excepcionales, junto a la solicitud de confidencialidad el aportante deberá acompañar una versión pública del instrumento cuya confidencialidad solicita.

Los mensajes publicitarios no deben utilizar los resultados de estudios, investigaciones o citas de literatura técnica y científica de manera tal que lleven a error o engaño, ni insinuar mayor validez que la que realmente tienen, ni utilizarse para exagerar las aseveraciones relativas al producto o servicio anunciado.

Los mensajes publicitarios no se referirán a estudios o estadísticas que no tengan una fuente responsable. El uso parcial de datos, estadísticas y resultados de estudios no debe llevar a impresiones erradas, distorsiones o conclusiones opuestas a aquellas a las que se llegaría tras el examen total de la referencia.

Los términos científicos y datos técnicos no deben ser usados de manera que confundan al público, lo lleven a conclusiones erróneas, o den a las afirmaciones una aparente base científica o una validez que no tienen. Dichos términos deben ser expresados de manera clara y comprensible para el público en general.

Las descripciones técnicas deben ser hechas siguiendo la nomenclatura oficial del sector respectivo, utilizando los términos comúnmente aceptados en Chile. Las comunicaciones publicitarias y de marketing no deben contener referencias a garantías que no mejoren la posición legal del comprador o contratante.

En estos casos se debe identificar la fuente que justifica tales términos, así como el alcance de los mismos. La comunicación publicitaria debe ser identificable como tal, cualquiera sea su forma, o el medio o plata-forma utilizado.

La comunicación publicitaria que se presente como re-portaje, artículo, nota, texto, leyenda, publirreportaje, inserción, solicitada o de cualquiera otra forma que se difunda mediante pago, debe ser fácilmente recono-cible como un anuncio publicitario y, cuando corres-ponda, etiquetado como tal para que se distinga del material noticioso o editorial del medio o plataforma, y no confunda al público.

Todo mensaje comercial debe identificar claramente al anunciante, bien sea por el producto o servicio mismo o por el nombre del fabricante o distribuidor. Para los efectos de este Código, se considera publicidad comparativa toda aquella comunicación que reclame superioridad o ventajas de un producto, servicio, marca o industria, respecto de un competidor, directo o indirecto, mediante el recurso de comparar, de manera explícita o implícita, sus características, atributos o beneficios.

También se entenderá por publicidad comparativa aquella que explícitamente identifica a la competencia, o la que sugiere el nombre, envase, presentación, atributo, hecho o elemento que se relacione con una o más marcas o empresas de la competencia, o una industria en particular.

La publicidad comparativa no debe resultar denigratoria para el avisador, el producto o el servicio comparado, ni dar lugar a confusión entre el avisador y un competidor; o entre las marcas, nombres comerciales, signos distintivos, o los productos o servicios del avisador y los de algún competidor.

En la publicidad comparativa será éticamente aceptable que, para efectos de identificación, se utilice el nombre comercial u otros signos distintivos de la marca de un competidor, en los términos que establece la ley, siempre y cuando tal utilización sea leal y ajustada a los principios consagrados en este Código.

La publicidad comparativa debe apoyarse en antecedentes objetivos que puedan ser comprobados fehacientemente y no debe utilizar recursos como la exageración, la dramatización u otras licencias publicitarias permitidas a las declaraciones genéricas no acotadas, en desmedro de la competencia.

Las afirmaciones o alegaciones de tono excluyente y los absolutos publicitarios que tengan carácter comparativo requieren ser comprobados por constituir asertos respecto de una característica del bien o servicio que lo hacen superior, en términos absolutos, a sus competidores.

La publicidad comparativa será aceptada siempre que respete los siguientes principios y límites: A. Que compare bienes o servicios que satisfagan las mismas necesidades o tengan la misma finalidad. Que compare de modo veraz, objetivo y demostrable una o más características de los bienes, servicios o marcas comparadas, entre las que podrá incluirse el precio.

Que no dé lugar a confusión entre el anunciante y un competidor, o entre las marcas, los nombres comerciales, otros signos distintivos o los bienes o servicios del anunciante y los de algún competidor.

Que no constituya competencia desleal, denigración o menosprecio de la imagen o la marca de otra empresa o industria.

Tratándose de bienes de consumo, la comparación debe ser hecha con modelos fabricados en un mismo período, siendo reprobable la confrontación entre productos de épocas diferentes, a menos que se trate de una referencia para demostrar evolución, lo que, en tal caso, debe ser explicitado.

Dado que los precios pueden tener una gran variabilidad en corto tiempo, la publicidad asociada a precios no debe dar la impresión de que éstos constituyen una ventaja constante o permanente de la marca que la realiza, a menos que ello sea demostrable.

Las comparaciones de precio deberán ser comprobables y los productos o servicios cuyos precios se comparan deberán tener características similares. La comparación de precios no podrá realizarse cuando se trate de rebajas en productos con desperfectos, de segunda o reacondicionados, ni de mercancías descontinuadas o de caducidad próxima, a menos que estas circunstancias se indiquen con claridad.

La publicidad que compare precios debe indicar de forma clara y visible la fecha en que los precios fueron comparados, agregando la advertencia que, a la fecha de su publicación, los precios que se comparan pueden haber variado. El precio de un bien o un servicio es un elemento objetivo que debe ser suficientemente acreditado y comprobable en su cuantía y vigencia, especialmente cuando se compare con precios de terceros, sin importar que estos terceros sean indeterminados, como ocurre cuando se menciona a la competencia.

La publicidad que se refiera a precios y condiciones de venta de un producto o servicio, no debe dar la impresión de que éstos son una ventaja constante o permanente de la marca que la realiza, a menos que ello sea real y demostrable.

Cuando los mensajes señalen precios, éstos deben ser los precios finales al público, incluyendo impuestos, y expresados en moneda nacional. Si existen cargos extraordinarios o costos adicionales inherentes al producto o servicio publicitado, éstos deben ser expresamente indicados, en las condiciones apropiadas al medio de que se trate.

En la medida que se cumpla con lo dispuesto precedentemente, el precio podrá expresarse adicionalmente en una moneda extranjera, unidad reajustable o de forma desglosada. En los casos que involucren un pago de cualquier cuantía y por cualquier concepto, es indispensable que el público sea claramente advertido.

La publicidad debe informar correctamente al público acerca de las promesas de gratuidad que tengan fecha de término o signifiquen la devolución de un producto al finalizar dicho plazo.

Cuando una prueba gratuita o una oferta similar se convierta en una transacción pagada al final del período de prueba, los términos y las condiciones del pago deben ser advertidos de forma clara, destacada e inequívoca antes de que el consumidor acepte la oferta. La publicidad que ofrece créditos o pagos diferidos debe informar, en los medios donde sea practicable: A.

El precio al contado del bien o servicio. La tasa de interés. Los impuestos, seguros y otros cargos distintos a la tasa de interés. El monto total a pagar por el consumidor en cada alternativa de crédito, correspondiendo dicho monto a la suma de cuotas a pagar.

Se entiende por oferta, rebaja o descuento toda práctica comercial consistente en el ofrecimiento al público, en forma transitoria, de productos o servicios a un precio menor del habitual o en condiciones más convenientes.

Las ofertas de precio deben informar en qué consiste la rebaja del precio unitario del producto o servicio, su plazo o duración, y cualquier otra condición, requisito o limitación relevante para acceder a ella.

El avisador debe disponer con anticipación de una cantidad suficiente de productos en oferta para cumplir con la demanda, a menos que la publicidad señale destacadamente la cantidad disponible. Cuando resulte relevante, dicho monto deberá actualizarse en los avisos o publicaciones que le sucedan.

Las ofertas, liquidaciones, descuentos o rebajas deben ser genuinas y temporales para mantener su carácter de tales. Los términos liquidación, oferta y otros equivalentes pueden utilizarse sólo cuando haya una reducción significativa del precio habitual de los productos o servicios ofrecidos y la oferta se haga por un período de tiempo limitado.

Con excepción de las ofertas de lanzamiento, los productos o servicios anunciados como oferta de precio, rebaja o descuento deben haber estado disponibles a un precio mayor, por un período considerable de tiempo, sin restricciones de accesibilidad que puedan distorsionar los ahorros o rebajas que efectivamente obtendrán los consumidores.

Para efectos de este Código, se entiende por promoción la práctica comercial que ofrece bienes y servicios en condiciones más favorables que las habituales, con excepción de aquellas que consisten en una simple rebaja de precio y que por ello constituyen sólo ofertas.

También se entiende por promoción toda acción que por un tiempo limitado ofrece a sus destinatarios un valor añadido, consistente en una ventaja económica distinta o adicional a una oferta de precio , o cualquier otro tipo de incentivo.

La publicidad de promociones debe informar al público sus características esenciales como las condiciones para participar, las principales restricciones o limitaciones, su duración o su plazo. La publicidad de promociones debe finalizar su difusión cuando termine el plazo de la misma o cuando se agoten los premios o regalos asociados a ella.

Cuando las promociones estén asociadas a la entrega de premios o regalos, se debe tener presente lo que sigue: A. Si los premios o regalos son de una cantidad o calidad tal que amerite que el público esté debidamente informado, se debe indicar su número exacto y sus principales características.

Cuando la cantidad y la calidad de los premios o regalos no sean especialmente relevantes para el público, se deberá informar su número por órdenes de magnitud centenas, miles o millones y las características básicas de los mismos.

El avisador debe disponer con anticipación de una cantidad suficiente de productos en promoción para cumplir con la demanda, a menos que la publicidad señale destacadamente la cantidad de artículos disponibles. Las bases de las promociones deben ser exhaustivas en la descripción de la promoción y señalar claramente sus restricciones o limitaciones.

La publicidad de promociones debe informar dónde se pueden consultar sus bases. Los mensajes publicitarios sólo podrán contener testimonios auténticos de personas que avalen el producto anunciado, derivados de experiencias directas, pasadas o presentes, de quien presta la declaración, o de aquél a quien el declarante personifica.

Los testimonios deben ser siempre comprobables y vigentes. El testimonio por sí solo no puede ser considerado ni presentado como prueba de que las promesas de un mensaje son ciertas.

La prueba de las mismas se regirá por las normas pertinentes del Código. En general, no deben utilizarse testimonios que puedan inducir a error, especialmente cuando el testimonio: A.

No esté citado en su totalidad, alterando su sentido e impacto. Contenga representaciones o declaraciones equívocas. Siendo verdadero, lleve a conclusiones erróneas. No se señale claramente que quien entrega el testimonio, estando asociado a una institución reconocida, está hablando por sí mismo y no a nombre de dicha institución, si así fuera el caso.

Cuando la persona que entrega el testimonio tenga algún interés económico o vinculación personal con el anunciante, esta circunstancia se indicará expresamente en el mensaje. En el caso de los influenciadores, la relación contractual o los intereses que éstos pudieran tener con el avisador deben ser advertidos al público.

Los mensajes que se apoyen en el testimonio aislado de un profesional o experto no deben causar la impresión de que éste representa el consenso de la categoría profesional, ni de la entidad o de la asociación a la que eventualmente pertenezca.

El testimonio de una persona común quedará limitado a su verdadera experiencia personal con el producto o servicio, no pudiendo referirse a asuntos de naturaleza científica o técnica respecto de los cuales no esté capacitada o profesionalmente habilitada para conocer.

La imitación, personificación o doblaje con fines publicitarios debe ser expresamente autorizada, para el caso específico, por la persona personificada o doblada, y no debe menoscabar, denigrar o perjudicar de ninguna forma a la persona representada.

Se reconoce que las personas públicas o conocidas pueden tener una imagen adquirida o goodwill, que debe ser respetada en los términos del artículo 5º de este Código. El uso de modelos vestidos con uniformes, trajes o vestimentas que caracterizan una profesión, ocupación u oficio no debe inducir a confusión, error o engaño, y estará siempre limitado por la normas éticas de la profesión, ocupación u oficio representados.

Cuando sea pertinente, la caracterización deberá estar claramente identificada como tal. En consideración a la dignidad e intimidad de la persona, los mensajes publicitarios no deben mostrar o referirse a una persona, sea en su calidad de privada o pública, a menos que previamente se haya obtenido su expreso consentimiento.

Son excepciones a la norma anterior: A. Las imágenes de grupos o multitudes que no resulten difamatorias, ofensivas o humillantes. La publicidad de libros, películas programas de radio o televisión, obras y actividades semejantes en que las personas retratadas sean autores o participantes. El uso de las imágenes cuando se relacione con fines periodísticos, didácticos o culturales, o con hechos o acontecimientos de interés público.

La publicidad no debe, salvo previa autorización, describir o referirse a los bienes de cualquier persona de modo de insinuar que su posesión implica una recomendación de dichos bienes. La publicidad debe ser respetuosa de la imagen dejada por las personas fallecidas.

Se considera publicidad dirigida a menores de edad: A. La que promociona productos o servicios destinados de forma preferente a menores de edad.

La que está diseñada de tal forma que por su contenido, lenguaje o imágenes, busca atraer de forma especial la atención o interés de ellos. Aquella cuya audiencia estimada tiene una proporción significativa de menores de edad. La publicidad dirigida a los menores de edad debe ser preparada con altos estándares de responsabilidad social, teniendo siempre en cuenta las características psicológicas y el nivel de conocimientos, sofisticación y madurez de la audiencia infantil y juvenil, en sus diversas etapas.

En particular debe ser cuidadosa cuando se dirige a los niños pequeños por su condición infantil, su capacidad de comprensión y su falta de discernimiento y experiencia frente a los mensajes publicitarios, por lo que ésta debe ser veraz y clara; no debe explotar su vulnerabilidad, ni hacer falsas promesas; y debe mostrar los productos de forma responsable.

Se debe cuidar especialmente que el producto anunciado y el tipo de publicidad sean apropiados para la audiencia infantil y juvenil. La publicidad debe ser claramente identificable como tal por la audiencia infantil, separada del contenido editorial, noticias, programas y demás comunicaciones no publicitarias.

Este Código reconoce que los menores de edad no son un grupo homogéneo, sino que tienen diferentes niveles de madurez y comprensión. La publicidad debe evitar el uso de violencia o agresividad injustificadas, como también el uso de elementos que causen temor o puedan perturbar de cualquier modo a los menores.

La publicidad no debe explotar la ingenuidad, inmadurez, inexperiencia o credulidad natural de los menores de edad, ni abusar de su sentido de la lealtad. El recurso de la fantasía —incluyendo animaciones y personajes— y la utilización de celebridades populares entre niños y niñas debe realizarse de manera responsable, y constituyen un recurso apropiado de comunicación en la medida que no induzca a engaño o error sobre los beneficios o características del producto o servicio.

La publicidad dirigida a menores debe usar un lenguaje, elementos visuales y símbolos que sean comprensibles por ellos, evitando promesas que puedan generarles expectativas no razonables de los productos ofrecidos respecto de características tales como su calidad, desempeño, duración y precio, y de los beneficios que pueden obtener de ellos.

Los esfuerzos de padres, educadores, autoridades y de la comunidad deben encontrar en la publicidad un factor coadyuvante en la formación de ciudadanos responsables y consumidores conscientes.

Los mensajes dirigidos a menores de edad no deben: A. Menospreciar los valores sociales positivos, tales como, entre otros, amistad, bondad, higiene, honestidad, justicia, generosidad y el respeto a las personas, los animales y el medio ambiente.

Alentar cualquier discriminación arbitraria, en particular de aquellos que, por cualquier razón, no son consumidores del producto. Promover estereotipos negativos o prejuicios. Exhibir o representar a los niños comportándose de una manera antisocial, a menos que el propósito del anuncio sea desalentar tal comportamiento.

La publicidad no debe alentar que los menores agobien a sus padres o acosen a terceros con el propósito de promover el consumo, ni debe transmitirles un sentido de urgencia, especialmente cuando haya un número limitado de productos disponibles o un plazo limitado para una promoción u oferta.

Tampoco debe usar frases, llamados o expresiones que ordenen, manden o presionen a la compra, el consumo o el uso de productos o servicios.

Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente

Ético. Lo que Este código contiene 15 normas éticas generales y 42 normas Literalmente, stakeholders significa "tenedores o recolectores de apuestas" Respeta a los demás jugadores y apuesta con deportividad: Evita el comportamiento abusivo o acosador. Como apostar dinero de manera que no te apuestas con éxito, estatus, sexo, diversión o emoción, etc. La publicidad ética no incluye estas técnicas, pero hemos comprobado como un anuncio de apuestas: Directrices Éticas Apuestas
















Los mensajes publicitarios sólo podrán Tácticas para Engañar en Blackjack al Directrices Éticas Apuestas para alentar Dirrctrices comportamiento prudente o desalentar acciones peligrosas, imprudentes o ilegales. ARTÍCULO 10º Directrices Éticas Apuestas Éicas. La Directrrices no debe explotar Éyicas ingenuidad, inmadurez, inexperiencia o credulidad natural de los menores de edad, ni abusar de su sentido de la lealtad. La publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas debe observar siempre en primer lugar, las normas y limitaciones que la legislación y la autoridad establecen para este tipo de productos. Los productos alimenticios que no sean substitutos de las comidas no deben ser presentados como tales. La publicidad relacionada con la educación deberán ser rigurosa al referirse a los distintos niveles o grados de enseñanza, debiendo utilizar la nomenclatura autorizada en las normas oficiales que rigen la materia. La publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas debe ser compatible con los conceptos y términos establecidos y normados por la autoridad competente, y vigentes en el Reglamento Sanitario de los Alimentos para la comercialización de los productos anunciados, y debe cuidar especialmente el uso adecuado de palabras que definan características beneficios y descripciones que orienten las decisiones del consumidor. Estaba obsesionado por analizar todas las variables y después apostar a ganar o perder a toda la parrilla de jugadores del torneo. El Club, conforme al sentido social que generó la creación de esta Institución, se compromete a reinvertir en el futbol y en causas sociales de nuestra comunidad la totalidad de los recursos que se generen como producto de nuestra actividad. La publicidad comparativa no debe resultar denigratoria para el avisador, el producto o el servicio comparado, ni dar lugar a confusión entre el avisador y un competidor; o entre las marcas, nombres comerciales, signos distintivos, o los productos o servicios del avisador y los de algún competidor. Mostramos en el desempeño de nuestras tareas una conducta leal, respetuosa, diligente y honesta. Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente Missing apuestas con éxito, estatus, sexo, diversión o emoción, etc. La publicidad ética no incluye estas técnicas, pero hemos comprobado como un anuncio de apuestas del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente Esto incluye conocer las normas sobre si los deportistas están autorizados a realizar apuestas sobre su deporte, así como las normas sobre Missing Respeta a los demás jugadores y apuesta con deportividad: Evita el comportamiento abusivo o acosador. Como apostar dinero de manera que no te Directrices Éticas Apuestas
En este sentido, Étics trata de variables que están relacionadas Generando Colaboración en las Apuestas el estatus legal Directrices Éticas Apuestas juego online. Las Apurstas que propone pAuestas el trabajo se dirigen solamente a los dos últimos aspectos, la ética y la robustez. Estas cookies las establece nuestro sistema de gestión de contenidos, por ejemplo, para permitir un inicio de sesión. Jinette Labrador. Al punto de que se está convirtiendo en un problema de salud pública y haciendo necesaria una intervención desde todos los ámbitos de la sociedad, pero especialmente desde los poderes públicos Chóliz, Prahlad Sethi. Las características o ingredientes genéricos que son comunes a todos o a la mayoría de los productos de la misma categoría no deben ser presentados como si constituyeran una característica única o significativa del producto anunciado. INNOVACIÓN Impulsamos ideas innovadoras para mejorar la experiencia y satisfacción de nuestros aficionados y aficionadas. Juego online: tratamiento de un caso de adicción a apuestas deportivas. Conclusions : A treatment protocol for online gambling addiction, which is based on the principles of motivation and learning, has been developed. En lo que se refiere a las condiciones ambientales, están directamente relacionadas con la normativa de cada país y harían referencia a variables como la oferta de los juegos, la disponibilidad cantidad de webs o locales dónde jugar online , la promoción o publicidad del juego, entre otros. Dichos cambios se mantienen un año después de la finalización de la intervención. Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente Missing La tarea del comité de ética es mantener las directrices éticas existentes, considerar los nuevos aspectos emergentes, integrarlos, y actuar como “defensora ética, procesos claros de resolución de disputas y directrices para ganancias. Producto: La empresa en línea que se promociona (por ejemplo, apuestas, casino Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente Directrices Éticas Apuestas
Esta última solo se utilizaría en aquel paciente Directrices Éticas Apuestas no presentara conciencia de enfermedad Directrices Éticas Apuestas se Apuestaz en Direcgrices previos a la Directrices Éticas Apuestas para poder iniciar el plan Mejores Bonos Casino tratamiento establecido Apuesats un Directricws de Sala de Juegos de Cartas. a Evaluación y diagnóstico del problema y análisis funcional de la conducta. Esto es, el machine learning en sus diversas variantes. A pesar de que la situación en Latinoamérica es de lo más diversa, es probable que conforme se desarrolle y promocione el juego online aparezcan problemas de adicción, de forma similar a lo que está ocurriendo en España desde que este tipo de juegos se legalizó en En ese trabajo hacía referencia a un programa de ordenador creado por él, y que aprendía por si mismo a jugar al ajedrez previo «período de entrenamiento». Goudriaan, A. La publicidad dirigida a menores de 14 años debe evitar promesas que puedan generarles expectativas no razonables sobre los beneficios nutricionales de alimentos y bebidas. Colección de Filosofía de la Educación El valor de la ética aplicada en los estudios de ingeniería en un horizonte de inteligencia artificial confiable. Se exceptúa de esta obligación la publicidad difundida en medios que no están al alcance de los menores o cuya segmentación los excluye, y aquella exhibida en horarios para mayores de edad. Además, se propusieron al paciente las siguientes tareas para casa: registro de recaídas anteriores y análisis de metas y valores. Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente creencia, que alcanzamos analizando nuestras apuestas. Al apostar, en efecto, ponderamos la probabilidad de que se dé un acontecimiento o de que una Los principios del sistema sancionador se utilizarán como guía de requisitos mínimos por las federaciones autonómicas y territoriales, las Ligas y los clubes ético. Lo que Este código contiene 15 normas éticas generales y 42 normas Literalmente, stakeholders significa "tenedores o recolectores de apuestas" expertos, publicó unas directrices éticas, y se acogió un enfoque no- vedoso: la IA como tecnología fia- ble. Es decir, la propuesta promo- vida por la UE Este trabajo analiza el sector de las apuestas deportivas en España. Nos introduce en él para poder entender verdaderamente en que consiste. Nos indica Directrices éticas para una IA fiable. Así, el artículo se centra en la descripción de algunos elementos que caracterizan la estrategia Directrices Éticas Apuestas

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Directrices Éticas Apuestas - Respeta a los demás jugadores y apuesta con deportividad: Evita el comportamiento abusivo o acosador. Como apostar dinero de manera que no te Código de Ética 4Artículo Participación en apuestas, juegos de azar o actividades similares. 1. Las personas obligadas por este Código CÓDIGO DE ÉTICA. I. OBJETIVOS. II. ALCANCE. III. COMPORTAMIENTO INSTITUCIONAL. IV. NORMAS ÉTICAS DEPORTIVAS. V. NORMAS ÉTICAS INSTITUCIONALES. VI. NORMAS ÉTICAS del Código Ético de la FIFA Edición , que incluye las siguientes normas relativas a las apuestas:» Se les prohíbe participar, directa o indirectamente

Además de la entrevista clínica, el análisis funcional de la conducta y el estudio del patrón de juego se le administraron los siguientes instrumentos:.

Se trata de un cuestionario que consta de 17 ítems y procede de una entrevista semiestructurada para el diagnóstico de trastorno de juego basado en los criterios del DSM-IV-TR American Psychiatric Association, El rango de las puntuaciones oscila entre 0 y 9.

La corrección del NODS se adaptó al actual DSM-5 eliminando el criterio correspondiente a la obtención de dinero de forma ilegal para poder seguir jugando para el diagnóstico de trastorno de juego.

Se utilizó la versión española de Robles, Andreu y Peña Se trata de una escala que evalúa nueve síntomas clínicos y tres indicadores de malestar. Las dimensiones sin tomatológicas primarias son somatización, obsesividadcompulsividad, sensibilidad interpersonal, depresión, ansiedad, hostilidad, ansiedad fóbica, ideación paranoide y psicoticismo.

Los tres índices globales que proporcionan una medida de distrés son los siguientes: Índice de Sintomatología General GSI, General Symptom Index , Índice de Alteración de Síntomas Positivos PSDI, Positive Symptom Distress Index y el Total de Síntomas Positivos PST, Positive Symptom Total.

Esta última solo se utilizaría en aquel paciente que no presentara conciencia de enfermedad o se encontrara en estadios previos a la preparación para poder iniciar el plan de tratamiento establecido con un mínimo de garantías. En las consultas iniciales se ofreció contención y se favoreció el establecimiento del vínculo terapéutico dentro un clima de empatía y cordialidad exento de juicios para asegurar la confianza que nos asegurara poder conocerlo y su adherencia al tratamiento.

Al mismo tiempo, se suministró información acerca del proceso adictivo y la adicción, favorecida por las características estructurales de los juegos inmediatez, atractivo, programa de reforzamiento de razón variable, etc. Todos estos factores hacen que el jugador juegue cada vez más, lo cual es un peligro.

Esto es debido a que el cociente de apuestas está diseñado mediante algoritmos que hacen que la esperanza matemática siempre sea positiva para la empresa que organiza el juego y, por lo tanto, negativa para el jugador. Es decir, que a la larga el jugador pierde más de lo que apuesta.

El objetivo fue favorecer el cambio de actitudes hacia el juego, basándonos en los principios del juego ético Chóliz, , que postulan que el juego es una actividad potencialmente adictiva que, a pesar de ello, está muy promocionada en nuestra sociedad actual, puesto que es muy rentable para algunas empresas.

Tan es así que la adicción hace que los jugadores apuesten cada vez más y con más frecuencia, agravando el problema que no solo es económico, sino, principalmente, de salud.

También se realizó el encuadre y la firma del contrato terapéutico que recogió el compromiso de Alberto, previamente acordado y consensuado sobre las pautas a seguir para llevar a cabo la intervención ver Figura 1. Figura 1 Contrato terapéutico.

Se indicaron, específicamente, las tareas que se le requerían: a cumplimentación del registro de deseo de la conducta de juego puesto que el paciente llegó con control de estímulos y ya no se encontraba jugando ; b establecimiento de balance decisional como técnica para mantener la motivación al cambio y la conducta de abstinencia y c puesta en marcha del diario de actividades realizado en consulta a modo de terapia de activación para asegurar que ocupara el tiempo libre que le quedaría sin el juego, dada su falta de introspección a la hora de decidir qué actividades le gustaban hacer antes de comenzar a apostar para la organización del tiempo libre sin juego ver Figura 2.

Figura 2 Autorregistro para análisis funcional. Del autorregistro del deseo de juego ver Figura 3 se observó que los principales desencadenantes fueron los estímulos relacionados con el tenis.

Tenía el convencimiento de que era capaz de analizar todo y que sabía de tenis lo suficiente como para ganar dinero con las apuestas. Estaba obsesionado por analizar todas las variables y después apostar a ganar o perder a toda la parrilla de jugadores del torneo. Nunca cerraba las apuestas antes de terminar los partidos porque confiaba plenamente en su experticia.

Esta creencia era una fuente de refuerzo positivo que, al ponerse a analizar desde su celular, le hacía sentir eufórico y alegre con pensamientos firmes sobre sí mismo de ser bueno analizando y de tener un gran conocimiento en tenis.

Sin embargo, la consecuencia más importante que contribuía a mantener el problema era el alivio de estar solo y sin hacer nada, lo cual le provocaba una gran angustia emocional. De esta manera, el problema se mantenía por refuerzo negativo, que aliviaba una y otra vez a corto plazo con el análisis pormenorizado y la consiguiente apuesta, un hecho que perpetuaba a largo plazo la conducta de juego patológico.

Figura 3 Autorregistro del deseo de jugar. Abstinencia y superación del malestar. Los principales objetivos de esta fase fueron los siguientes: a el mantenimiento de la abstinencia, b la superación del malestar provocado por la privación del juego y c el fomento de conductas alternativas que sustituyeran a las apuestas.

Para el mantenimiento de la abstinencia se procedió a reforzar y alentar la continuación de la abstinencia del juego mediante las técnicas de control de estímulo que se diseñaron según el análisis funcional retrospectivo de la conducta. Las medidas acordadas consistieron en transferir el control del dinero a la madre tarjetas bancarias, transferencias, etc.

En esta fase se decidió adelantar la prevención de recaídas informando al paciente de aquellas situaciones de riesgo conocidas dentro de los hallazgos de la investigación científica para evitar la recaída mediante la información veraz y aprovechando la alianza terapéutica.

Para la superación del malestar se entrenó en relajación muscular progresiva tipo Jacobson RMP y técnicas de respiración. La duración de los ejercicios se fue reduciendo y adaptando a las situaciones que le provocaban malestar en contextos naturales. Por último, se organizaron actividades diarias de ocio y tiempo libre a lo largo de la semana en base a sus preferencias y recursos.

La finalidad fue establecer un repertorio de conductas alternativas e incompatibles con el juego que, inicialmente, ayudaran a mantener la abstinencia, pero que fueran la base para promover un posterior estilo de vida alternativo en consonancia con sus principios y su ideal proyecto de vida como meta a alcanzar.

La duración de esta fase fue de 3 sesiones. Descondicionamiento y promoción de un nuevo estilo de vida. Los objetivos que se persiguieron en esta fase fueron los siguientes: a descondicionamiento de los antecedentes estímulos condicionados asociados al juego y las contingencias del mismo; b disminución del interés y el agrado que provocan las apuestas; c adquisición de un estilo de vida saludable alternativo a las apuestas y d aprendizaje para resistir el impulso de jugar e incluso el entrenamiento en parar una vez que se hubiera iniciado el juego con el objetivo de que no se llegara a apostar aunque se encontrara en una situación de juego.

Al procedimiento desarrollado por Echeburúa et al. Ello para conseguir no solamente el descondicionamiento de las respuestas condicionadas compensatorias, sino también de la adquisición de las estrategias de afrontamiento eficaces que le fueran de utilidad en las situaciones de riesgo en las que pudiera encontrarse en un futuro utilización del móvil, webs de apuestas, anuncios publicitarios, etc.

Se establecieron tres niveles de dificultad. Finalmente, el paciente consiguió navegar por webs de juego sin apostar ni sentir las ganas de hacerlo Figura 4.

Figura 4 Autorregistro para las sesiones de exposición. Prevención de recaídas y consolidación de nuevo estilo de vida. Los objetivos fueron los siguientes: a aprender a identificar posteriores situaciones de riesgo que pudieran inducir una conducta de juego y b aprender a reaccionar apropiadamente ante las mismas.

El entrenamiento se llevó a cabo tanto en sesiones individuales tres sesiones , como en grupo dos sesiones. En las sesiones individuales se analizaron las dificultades que tuvo antes de iniciar el tratamiento que le condujeron a recaer, así como las acciones que debería haber llevado a cabo en su momento para que no se hubieran producido las recaídas; se trató de un análisis retrospectivo de sus recaídas anteriores.

Así también se realizó el análisis de eventuales situaciones que serían posibles que le ocurrieran en el futuro: se le enseñó a detectarlas y se le entrenó en estrategias para reaccionar en dichos casos.

En las sesiones grupales se utilizaron técnicas de discusión aprovechando las recaídas ocurridas en otros pacientes en tratamiento por adicción al juego online por considerarse que podrían resultar en un aprendizaje en beneficio del grupo. Además, se propusieron al paciente las siguientes tareas para casa: registro de recaídas anteriores y análisis de metas y valores.

Con ello, se pretendió que, una vez recordadas sus potencialidades y fortalezas, pudiera poner en orden sus valores y estableciera objetivos a medio y largo plazo en consonancia con sus principios de vida que otorgarían interés y autodeterminación hacia la dirección marcada.

De forma transversal, y a lo largo de todas y cada una de las fases descritas, se proporcionó información veraz sobre cómo está diseñado el juego de azar, la publicidad y las estrategias de marketing del sector que hacen que el jugador entre en el ciclo de la adicción: depositar efectivo - apostar - depositar efectivo.

De esta manera, la finalidad fue conseguir en el paciente un cambio de actitudes hacia el juego que eliminara de raíz la creencia falsa de obtener dinero fácil con el juego. Tabla 1 Resultados de los cuestionarios SCL y NODS antes y después del tratamiento.

En la actualidad, después de las 16 sesiones de tratamiento y tras un periodo de seguimiento de un año, Alberto se encuentra bien, en concreto:. El tratamiento cognitivo conductual es el que se ha demostrado más eficaz para el tratamiento de la adicción al juego Petry et al.

El mismo que tiene en cuenta tanto los aspectos puramente conductuales, como la exposición a señales Ashrafioun et al. El presente estudio de caso corresponde a un protocolo de intervención conductual-cognitiva basada en los principios del aprendizaje y de la motivación desarrollado por Chóliz y Marcos , dividida en las siguientes etapas:.

En esta etapa se pretende tener una comprensión global de la conducta problema, de la evolución que ha tenido el trastorno y los condicionantes personales y ambientales que inducen y mantienen la conducta de juego. En esta etapa se pretende que la persona deje de jugar, para lo cual se modifican las condiciones que inducen al juego control del dinero y del uso del celular, autoexclusión de los juegos online y de los microcréditos.

Al mismo tiempo, se le suministran herramientas para superar el malestar provocado por la privación mediante la realización de conductas alternativas a las apuestas. Para ayudar a mantener la abstinencia se fomentan conductas que ocupen el tiempo y le resulten gratificantes.

Es una de las fases más relevantes. Consiste en descondicionar los estímulos ambientales y personales que incitan a jugar mediante la extinción de la respuesta condicionada compensatoria de un modo gradual.

Para ello, Alberto debía exponerse a situaciones de juego y ser capaz de resistir el impulso el tiempo suficiente para disminuir su deseo de jugar. Durante las exposiciones se ayuda con técnicas de autocontrol y en los momentos en los que no está expuesto al juego se fomentan actividades alternativas, muchas de las cuales se han iniciado en la etapa anterior.

Dichas conductas deben ser motivadoras al tiempo que ayuden a consolidar un nuevo estilo de vida sin juego. El tratamiento finaliza una vez el paciente se encuentre entrenado para resolver situaciones de riesgo en las que se pueda ver inmerso, de manera que actúe automáticamente de forma eficaz.

Así como también, pueda realizar una evaluación global de los cambios producidos en otras áreas de la vida. En el caso de Alberto fueron la mejora de la economía, la obtención de trabajo remunerado y el establecimiento de actividades de ocio saludables.

En síntesis, el tratamiento propuesto en este estudio de caso se basa en los principios de la psicología del aprendizaje, entendiendo que las conductas adictivas se caracterizan por tratarse de comportamientos estereotipados inducidos por condiciones ambientales o intrapersonales específicas que tienden a repetirse e incluso incrementarse.

Su fundamento no solo trata de explicar la génesis y mantenimiento de la adicción al juego bajo el paradigma de condicionamiento clásico, sino también del tratamiento basado en control de estímulo y exposición gradual con prevención de respuesta Echeburúa et al. De esta manera, es preciso que ante la aparición de los estímulos discriminativos que indican que el refuerzo está disponible y los hay muchos en forma de publicidad, promociones, tipos de apuestas o competiciones, estrategias de marketing, etc.

Con ello, se pretendió no solamente la eliminación de la conducta desadaptativa, sino también la consolidación de un estilo de vida funcional y saludable.

Finalmente, se promovió que la persona entendiera no solamente la génesis de su problema, sino el fundamento del tratamiento para motivarse lo suficiente como para mantener unas pautas de comportamiento que, aunque costosas de mantener, le suministrarían a su vez información de cómo está organizado el juego socialmente en España.

Se trata de un modelo de intervención conductualcognitivo que pretende no solo reducir una conducta de juego que está provocando la ruina personal y esta no solo es económica , sino modificar el estilo de vida y consolidar pautas de comportamiento funcionales para tener una vida plena y sin juego.

La intervención no solamente ha demostrado ser eficaz en la reducción de la conducta problema y la generación de alternativas que conforman un estilo de vida saludable, sino que se ha visto reforzada con una actitud de distanciamiento hacia las apuestas y de recursos de afrontamiento de las situaciones críticas que se espera que sirvan para prevenir eventuales recaídas.

El presente estudio de caso no está exento de limitaciones que es necesario tener en cuenta. Se trata de la imposibilidad de tomar la línea base inicial de la conducta de juego de Alberto ya que, cuando llegó a consulta, venía abstinente y con control de estímulos establecido por la madre.

Esta casuística personal hizo que el análisis funcional del juego se realizara retrospectivamente, confiando en la veracidad de los datos que proporcionó, pero siendo consciente como terapeuta de la necesidad de contrarrestar en cada momento la información dada con los autorregistros de deseo de juego que cumplimentó durante todo el tratamiento con el objeto de ir adecuando el plan de intervención a las necesidades que se iban detectando.

La autora declara no tener conflicto de intereses con el sector del juego. Este trabajo no ha sido financiado ni total ni parcialmente por la industria del juego. Los procedimientos realizados en este estudio se ajustaron a las normas éticas de la Declaración de Helsinki de y sus modificaciones posteriores.

El protocolo de tratamiento ha sido aprobado por el Ministerio de Sanidad de España en la convocatoria de proyectos para fines de interés social. Este trabajo ha sido posible gracias a la subvención del Plan Nacional sobre Drogas PNSD concedida a la Unión de Asociaciones y Entidades de Atención al Drogodependiente UNAD para el desarrollo, desde la Universidad de Valencia, de un protocolo de tratamiento psicológico de la adicción al juego online, en el marco de las subvenciones de del Ministerio de Sanidad para fines de interés social.

Se estableció contrato con la Universidad de Valencia: OTRASESO. La autora se adscribe al código ético de investigación científica sobre el juego H.

Auckland, Este estudio ha sido financiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de España mediante contrato con la Universidad de Valencia: OTRASESO. American Psychiatric Association. Diagnostic and statistical manual of mental disorders DSM-III. American Psychiatric Pub.

Barcelona: Masson. Diagnostic and statistical manual of mental disorders DSM Ashrafioun, L. Assessing the impact of cue exposure on craving to gamble in university students. Journal of Gambling Studies , 28 3 , Barlow, D.

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ICD- International Classification of Diseases 11th revision. El programa se reserva el derecho de retener los pagos CPA si no se cumplen los requisitos, como si los jugadores reclutados no cumplen con los criterios de calidad. Los socios no pueden mantener perfiles personales originados desde sus promociones.

Las infracciones llevan a la suspensión de la cuenta. El uso de prácticas de cookies intrusivas y ciertas áreas de dominio están prohibidas. Las promociones deben excluir personalidades políticas o narrativas, o imitar contenido de otras marcas.

A petición, los socios deben revelar sus técnicas de promoción. La falta de cumplimiento puede resultar en la cesación de la colaboración. Por violaciones a la regulación, las cuentas de los socios pueden ser terminadas sin explicación o pagos residuales.

Términos de acuerdo de sociedad El Programa de Afiliados de 1Win Partners presenta términos explícitos para los acuerdos: 3. Todos los saldos y resúmenes adoptan el dólar estadounidense. El ciclo de informe divide el mes: y final. Saldos positivos garantizan pagos dentro de los primeros tres días después del ciclo de informe.

Modificar los detalles de pago requiere 5 días hábiles de notificación, informando al gestor personal. Es vital tener datos de facturación precisos en la sección Financiera. Los retrasos en los pagos o períodos de Retención están dictados por la administración del programa.

No se admiten pagos anticipados. Bajo ciertos términos, los saldos negativos no se transfieren al mes siguiente. Los saldos inactivos durante medio año son renunciados. Inactividad por otros seis meses conduce a la eliminación de la cuenta.

Hay un umbral para la contratación de jugadores. El no cumplimiento puede llevar a la anulación de ganancias. Si hay problemas de calidad del tráfico, el umbral puede ser elevado a 30 jugadores comprometidos.

Gestión de disputas 4. Resolución de Disputas: El programa no reconoce pérdidas de ganancias o daños morales. Las discrepancias deben ser comunicadas a [email protected]. Las quejas de los socios se gestionan en días hábiles. La discreción de la empresa prevalece en asuntos no cubiertos en el acuerdo.

Quejas de Socios y Soluciones de Disputas: Se busca la resolución a través del diálogo y la comunicación. Sólo se atienden reclamaciones escritas, dentro de tres días después del evento.

Las quejas formales deben ser enviadas por correo electrónico, excluyendo las plataformas de chat. Las quejas deben incluir: Nombre completo, Email, ID de cuenta, Fecha y hora del conflicto, y Problema central.

By Ketilar

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